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ANO SANTO JUBILAR - 2025 | PEREGRINOS DE ESPERANÇA

Decreto de Erección y Reconocimiento | Dicasterio para los Obispos

 

Prot. 013/25

DOM PEDRO SCHNEIDER CARDENAL PAROLIN
POR MERCED DE DIOS Y LA SANTA SEDE APOSTÓLICA
PREFECTO DEL DICASTERIO PARA LOS OBISPOS

Ciudad del Vaticano, 5 de noviembre de 2025.

A todos los que leen estas cartas, saludos en Cristo Jesús. 

«Vosotros sois la luz del mundo; no se puede ocultar una ciudad situada en la cima de un monte» (Mt 5,14).

A la luz de esta palabra del Señor, que ilumina la misión pastoral de la Santa Iglesia e inspira, de generación en generación, el ministerio apostólico confiado a los sucesores de los Apóstoles, nos dirigimos a los venerables Hermanos en el Episcopado que sirven al Pueblo de Dios en la amada Nación de México. Así como Cristo llamó a los Doce a permanecer unidos, perseverantes en la oración y concordes en la caridad, también hoy la Iglesia contempla con gozo la comunión efectiva y afectiva de los Pastores que, reunidos en Provincia Eclesiástica, desean fortalecer la misión evangelizadora encomendada por Nuestro Señor.

Considerando:

1. Que los Obispos de la Provincia Eclesiástica de México, movidos por el celo pastoral y el deber de promover el bien espiritual de los fieles, manifestaron el deseo de constituir y establecer de modo estable la Conferencia Episcopal Mexicana, compuesta por todos los Ordinarios y Obispos Auxiliares legítimamente nombrados;

2. Que dicho organismo, desde sus orígenes, ha buscado vivir la colegialidad episcopal en plena comunión con la Sede Apostólica, guiándose según la doctrina del Concilio Ecuménico Vaticano II y las normas establecidas por el Código de Derecho Canónico;

3. Que, en espíritu de unidad y fidelidad al Sucesor de Pedro, se solicitó el reconocimiento formal de la Santa Sede;

Erigimos y reconecemos oficialmente, por orden del Santo Padre Juan Pablo II, la Conferencia Episcopal Mexicana (CEM) como organismo estable de comunión, consulta, coordinación pastoral y ejercicio colegial según las normas del derecho universal de la Iglesia.

Determinamos que:

I. La Conferencia Episcopal Mexicana deberá presentar a la Santa Sede, en el plazo de 30 (treinta) días hábiles a partir de la promulgación de este Decreto, su Estatuto propio, que contendrá las normas generales de funcionamiento, su estructura interna, las atribuciones de sus organismos, los procedimientos deliberativos y todas las disposiciones que rigen su ejercicio colegial, para su debida revisión y aprobación;

I. Todos los actos, declaraciones, determinaciones y orientaciones pastorales de la Conferencia deberán realizarse en plena comunión con el Romano Pontífice y en conformidad con la tradición doctrinal y disciplinar de la Iglesia;

III. La Conferencia ejercerá su misión siempre en vista de la unidad, la evangelización, la caridad pastoral y el servicio al Pueblo de Dios, respondiendo fielmente a los desafíos espirituales, sociales y culturales de México.

Con ocasión solemne de la dedicación de la Capilla, de la inauguración de la sede de la Conferencia Episcopal y del inicio de su misión reconocida por la Santa Sede, el Santo Padre Juan Pablo II concede de todo corazón su Bendición Apostólica, extendiéndola a todos los Obispos de la Provincia Eclesiástica de México, a los sacerdotes, diáconos, religiosos, religiosas y a los fieles laicos confiados a su cuidado pastoral.

Que esta bendición sea fuente de luz, fortaleza y esperanza, para que, guiados por el Espíritu Santo, los Pastores de esta Nación continúen anunciando el Evangelio con renovado ardor, perseverancia y fidelidad a la Iglesia de Cristo.


 Pedro Schneider Cardenal Parolin, FSJPII
Prefecto del Dicasterio para los Obispos

 Jesús Ramos Ratzinger 
Secretário del Dicasterio para los Obispos

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